15/01/2009

Sistema cuarentenario

Ajíes hospederos de Mosca de los Frutos

El Sistema Cuarentenario Patagónico, que administra y ejecuta la Fundación Barrera Zoofitosanitaria Patagónica (FunBaPa), informa que el miércoles 14 de Enero en el Puesto de Control Fitosanitario 25 de Mayo, -ubicado en Ruta Nacional 151 de la Provinicia de La Pampa-, se inspeccionó un trasporte proveniente de la localidad de Guaymallén, provincia de Mendoza, que llevaba de manera oculta, 3 cajones de ajíes que no contaban con tratamientos cuarentenarios correspondientes para ingresar a la Región Protegida.

Una vez que los inspectores detectaron el ocultamiento de los cajones de ajíes que se encontraban debajo de cajones de limones, se finalizó la inspección, se precintaron las puertas del camión y se labró un acta de infracción, retornando éste a su lugar de origen.

El transporte perteneciente a Abalo Clelia, procedente de la provincia de Mendoza, tenía destino final la localidad de Caleta Olivia en la provincia de Santa Cruz.

Cabe recordar que el sur de la Provincia de Mendoza, se encuentra reconocida por el SE.NA.SA cómo área Libre de Moscas de los Frutos al igual que la Región Patagónica. Por tal motivo, el transporte, debió regresar a Guaymallén, e ingresar a Mendoza a través del puesto Desaguadero, siendo éste el primer puesto de control de ingreso al área de Escasa Prevalencia de Mosca de Los Frutos mendocinos.

El operativo se llevó a cabo alrededor de las 15:00 hs. en el Puesto Fitosanitario anteriormente mencionado.

Es menester subrayar que la Región Protegida Patagónica es un área Libre de Mosca de los Frutos, reconocida internacionalmente por Estados Unidos en diciembre de 2005, lo que le permite exportar su producción en mejores condiciones de competitividad, diversificar la oferta exportable y obtener nuevos mercados.

El ingreso de productos hospederos de Mosca de los Frutos a Patagonia, sólo es posible cuando se cumplen una serie de acciones tendientes a garantizar que la plaga ha sido eliminada. En este sentido, los tratamientos cuarentenarios constituyen el requisito fundamental.