REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPACADORES Y HABILITACIÓN DE LOCALES DE EMPAQUE DE CEBOLLA
La cebolla destinada a exportación debe ser procesada en plantas de empaque habilitadas por SENASA y la firma empacadora debe inscribirse en el Registro de Empacadores.
Para iniciar el trámite de habilitación e inscripción en el Registro de Empacadores en el ámbito de la Región Protegida Patagónica debe consultar en el Centro Operativo Mayor Buratovich. Un inspector de FUNBAPA o SENASA realizará la inspección del establecimiento y completará el Informe de inspección de establecimientos de empaque. Los galpones de empaque de cebolla deberán cumplir con las condiciones establecidas en la Resolución SAGPyA Nº 48/98.
El interesado deberá presentar la siguiente documentación:
el formulario “Solicitud de Inscripción de personas o firmas empacadoras y de locales de empaque” completo y firmado por un responsable o apoderado.
Las sociedades u organizaciones deberán presentar fotocopia del Contrato social o Estatuto y Acta en que conste la distribución de cargos de los integrantes.
Las sociedades de hecho y las personas físicas deben presentar fotocopia de los documentos de identidad de sus integrantes (incluida la hoja donde conste la dirección)
Fotocopia de comprobante de inscripción en D.G.I. y Rentas de la jurisdicción (CUIT).
Plano o croquis del establecimiento (escala 1:100). Permitirá conocer el diseño del establecimiento, distribución de los distintos sectores y la ubicación de la línea de empaque.
Plano de ubicación del establecimiento (escala 1:2000).
Fotocopia de la Habilitación municipal del establecimiento.
Fotocopia del título de propiedad si se trabaja en establecimiento propio. Si el local es arrendado, presentar la fotocopia del Contrato de locación.
Arancel (Cupón de Banco Provincia de Buenos Aires, Credicoop o Nación)
Toda la documentación que se presente fotocopiada deberá ser autenticada.