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Trámites

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPACADORES Y HABILITACIÓN DE LOCALES DE EMPAQUE DE CEBOLLA

La cebolla destinada a exportación debe ser procesada en plantas de empaque habilitadas por SENASA y la firma empacadora debe inscribirse en el Registro de Empacadores.
Para iniciar el trámite de habilitación e inscripción en el Registro de Empacadores en el ámbito de la Región Protegida Patagónica debe consultar en el Centro Operativo Mayor Buratovich. Un inspector de FUNBAPA o SENASA realizará la inspección del establecimiento y completará el Informe de inspección de establecimientos de empaque. Los galpones de empaque de cebolla deberán cumplir con las condiciones establecidas en la Resolución SAGPyA Nº 48/98.

El interesado deberá presentar la siguiente documentación:

  • el formulario “Solicitud de Inscripción de personas o firmas empacadoras y de locales de empaque” completo y firmado por un responsable o apoderado.
  • Las sociedades u organizaciones deberán presentar fotocopia del Contrato social o Estatuto y Acta en que conste la distribución de cargos de los integrantes.
  • Las sociedades de hecho y las personas físicas deben presentar fotocopia de los documentos de identidad de sus integrantes (incluida la hoja donde conste la dirección)
  • Fotocopia de comprobante de inscripción en D.G.I. y Rentas de la jurisdicción (CUIT).
  • Plano o croquis del establecimiento (escala 1:100). Permitirá conocer el diseño del establecimiento, distribución de los distintos sectores y la ubicación de la línea de empaque.
  • Plano de ubicación del establecimiento (escala 1:2000).
  • Fotocopia de la Habilitación municipal del establecimiento.
  • Fotocopia del título de propiedad si se trabaja en establecimiento propio. Si el local es arrendado, presentar la fotocopia del Contrato de locación.
  • Arancel (Cupón de Banco Provincia de Buenos Aires, Credicoop o Nación)
Toda la documentación que se presente fotocopiada deberá ser autenticada.

 

       
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