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Legislación
 

Son tres las principales normas que sirven de marco legal al Programa de Certificación de Cebolla Fresca para Exportación en Origen. La Resolución 42/98 establece la obligatoriedad de la emisión de la Guía de Origen y el Certificado Fitosanitario en zona de producción. La Resolución 88/95 reglamenta las exportaciones con destino a países integrantes del Mercosur, mientras que la Disposición 57/91 lo hace para el resto del mundo. En ambas se tienen en cuenta los siguientes puntos: condiciones mínimas de calidad y sanidad, grados de selección, tamañado, condiciones de los locales de empaque y etiquetado.

Otras normas son la Disposición 8/89 y la Resolución 3/2005. La Disposición 8/89 establece la forma en que debe solicitarse la aprobación de nuevos envases ante el Departamento de Frutas y Hortalizas (la actual Dirección de Calidad del SENASA). La Resolución 3/2005 trata sobre la adopción de tratamientos cuarentenarios para embalajes de maderas y maderas de soporte y acomodación.

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